18 diciembre 2012
Sánchez-Cervera Abogados defiende a un cliente que dio positivo en un control de alcoholemia. Las pruebas arrojaron una tasa de alcohol en aire espirado muy cercana al límite establecido en el Código Penal (0,60 mg/l). El Juzgado de lo Penal 26 dictó sentencia el 27 de julio de 2012 en la que, tras realizar algunas consideraciones sobre las pruebas y los instrumentos utilizados para medir la tasa de alcohol, concluyó con que el delito no había quedado acreditado al existir un margen de error del 7,5% sobre los resultados que arrojaba el etilómetro, absolviendo al cliente con todos los pronunciamientos favorables.
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